Subvenciones energía renovable en Puente Genil
Bonificaciones fiscales municipales para instalaciones de energía renovable en Puente Genil, Córdoba (Andalucía).
Bonificación IBI
25%
durante 5 años
Bonificación ICIO
95%
Tecnologías cubiertas
solar_pvsolar_thermal
Detalles de la ordenanza
Mín. 50% eléctrico demand. Máx. 5 kW sold to grid. Tope: 80% coste de instalación
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la bonificación del IBI en Puente Genil por energía solar?
Puente Genil ofrece una bonificación del 25% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) durante 5 años para instalaciones de energía renovable.
¿Hay bonificación del ICIO en Puente Genil para placas solares?
Sí, Puente Genil ofrece una bonificación del 95% en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) para instalaciones de energía renovable.
¿Qué tecnologías cubren las bonificaciones en Puente Genil?
Las bonificaciones en Puente Genil cubren: solar_pv, solar_thermal.
¿Cómo solicitar la bonificación IBI en Puente Genil?
Debes presentar la solicitud en el ayuntamiento de Puente Genil con la documentación de la instalación (certificado del instalador, factura, boletín eléctrico). El trámite suele realizarse tras la finalización de la obra.